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Registro Mercantil, Registro Propiedad

Solicitud Nombre Sociedad del Registro Mercantil

Si estas buscando como realizar la solicitud nombre del Registro Mercantil puedes solicitarla a través de este formulario, indicando cinco nombres distintos, ordenados por orden de preferencia. Si está disponible te enviaremos certificado con csv, para que puedas presentarlas ante notario.

La denominación objetiva puede referirse a una o varias actividades económicas o ser de fantasía, pero no puede aludir a una actividad no contemplada en el objeto social. En la denominación social, no se puede usar el nombre o seudónimo de una persona física o jurídica sin su autorización.

Solicitud nombre registro mercantil | Certificación negativa del nombre Sociedad

El coste de la solicitud del certificado es de 59 € Impuestos Incluidos

SOLICITUD NOMBRE SOCIEDAD

DENOMINACIONES SOLICITADAS

NO INCLUYA la forma social en los campos de Denominación Social, debe elegirla del desplegable

DATOS DE ENVIO

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Las sociedades Anónimas y Limitadas pueden tener una denominación subjetiva o razón social, o una denominación objetiva. Por su parte, las sociedades colectivas o comanditarias simples deben contar con una denominación subjetiva o razón social que incluya necesariamente el nombre y apellido, o solo uno de los apellidos, de todos o algunos de los socios colectivos, o al menos uno de ellos, añadiendo en estos dos últimos casos «y compañía» o «y cía». En dicha denominación subjetiva, puede incluirse una expresión que haga referencia a una actividad relacionada con el objeto social.

Solicitud nombre del Registro Mercantil

La autorización de una persona jurídica debe ser emitida por el órgano de administración correspondiente, certificando su decisión. La denominación social completa debe incluir el tipo social y los requisitos legales, aunque estos se omitirán al verificar la identidad entre dos denominaciones y solo se podrán abreviar al final. No se permite añadir abreviaturas o anagramas a la denominación, según el artículo 398.2 del Reglamento del Registro Mercantil y la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del 14 de enero de 1998.