El certificado de últimas voluntades Ceuta es un documento que acredita si una persona ha otorgado testamento y ante qué Notario. De esta manera, los herederos podrán dirigirse al Notario autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada). Este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio.
Puedes solicitar el certificado de ultimas voluntades, cumplimentando el siguiente formulario.
Contenidos
CERTIFICADO ULTIMAS VOLUNTADES ONLINE
El coste del trámite del certificado es de 33 € Impuestos Incluidos
Certificado de últimas voluntades Ceuta
¿Qué son los Certificados de últimas voluntades?
Los certificados de últimas voluntades son documentos que certifican si una persona ha otorgado testamento antes de su fallecimiento. Estos certificados son emitidos por el Registro General de Actos de Última Voluntad y contienen información sobre la existencia de testamentos otorgados por personas fallecidas. Esencialmente, sirven como evidencia de si alguien dejó un testamento antes de morir.
Documentación y requisitos necesarios
Si cuenta con certificado electrónico de usuario, puede optar por la tramitación electrónica de su solicitud, para ello es preciso que acceda a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles sin contar el del día del fallecimiento, ni sábados, domingos ni festivos.
Como justificante de su solicitud se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud. Estará firmado electrónicamente por el Ministerio de Justicia.
No olvide guardar o imprimir este justificante. En el mismo se incluye un número de solicitud que necesitará para la descarga del certificado en formato electrónico, cuando éste esté disponible.
¿Qué se necesita?
- Certificado Literal de Defunción, que habrá de ser original o fotocopia compulsada, expedido por el Registro Civil correspondiente a la localidad en que la persona haya fallecido, y en el que deberá constar necesariamente el nombre de los padres del fallecido.
Si la fecha del fallecimiento es posterior al 2 de Abril de 2009 y la defunción no está inscrita en un Juzgado de Paz no es necesario presentar el Certificado de Defunción.
En este caso es imprescindible consignar el DNI/NIE del fallecido (si carece de NIE el nº de pasaporte o, en caso de no tenerlo, el de otro documento de identidad de su país de origen).
Quién puede solicitarlo/presentarlo
Puede solicitarlo cualquier persona siempre que presente los documentos en la solicitud electrónica estando disponibles telemáticamente los datos de defunción necesarios.
Registro Civil Ceuta
Dirección: Plaza de Correos (Sede Banco España)
Teléfono: 956512421 / 856200058
Fax: 956510966
Localidad: Ceuta
Código Postal: 51001