El certificado de últimas voluntades Cantabria es un documento que acredita si una persona ha otorgado testamento y ante qué Notario. De esta manera, los herederos podrán dirigirse al Notario autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada). Este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio.
Puedes solicitar el certificado de ultimas voluntades, cumplimentando el siguiente formulario.
CERTIFICADO ULTIMAS VOLUNTADES ONLINE
Contenidos
El coste del trámite del certificado es de 33 € Impuestos Incluidos
Certificado de últimas voluntades Cantabria
Los Certificados de Últimas Voluntades en Cantabria son documentos emitidos por el Registro General de Actos de Última Voluntad que certifican si una persona ha otorgado testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario lo hizo. Estos certificados son necesarios para poder conocer la existencia y el contenido de un testamento después del fallecimiento de una persona.
Para solicitar un Certificado de Últimas Voluntades en Cantabria, es necesario presentar una solicitud junto con el certificado de defunción del fallecido. Una vez que se emite el certificado, se puede proceder a solicitar una copia autorizada del testamento en el Colegio de Notarios correspondiente.
Documentación y requisitos necesarios
Si cuenta con certificado electrónico de usuario, puede optar por la tramitación electrónica de su solicitud, para ello es preciso que acceda a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles sin contar el del día del fallecimiento, ni sábados, domingos ni festivos.
Como justificante de su solicitud se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud. Estará firmado electrónicamente por el Ministerio de Justicia.
No olvide guardar o imprimir este justificante. En el mismo se incluye un número de solicitud que necesitará para la descarga del certificado en formato electrónico, cuando éste esté disponible.
¿Qué se necesita?
- Certificado Literal de Defunción, que habrá de ser original o fotocopia compulsada, expedido por el Registro Civil correspondiente a la localidad en que la persona haya fallecido, y en el que deberá constar necesariamente el nombre de los padres del fallecido.
Si la fecha del fallecimiento es posterior al 2 de Abril de 2009 y la defunción no está inscrita en un Juzgado de Paz no es necesario presentar el Certificado de Defunción.
En este caso es imprescindible consignar el DNI/NIE del fallecido (si carece de NIE el nº de pasaporte o, en caso de no tenerlo, el de otro documento de identidad de su país de origen).
Quién puede solicitarlo/presentarlo
Puede solicitarlo cualquier persona siempre que presente los documentos en la solicitud electrónica estando disponibles telemáticamente los datos de defunción necesarios.
Registro Civil Cantabria
Dirección: Avda. Pedro San Martín, s/n
Teléfono: 942357127
Fax: 942333689
Localidad: Santander
Código Postal: 39071