Cambio de administrador en tu empresa: pasos y certificado que necesitas presentar

Cambiar el administrador de una empresa exige tres pasos formales: la decisión de la junta de socios, la elevación a escritura pública ante notario y la inscripción del nuevo nombramiento en el Registro Mercantil. Solo después de completar los tres pasos el nuevo administrador queda acreditado frente a terceros con el certificado correspondiente.

Paso 1: acuerdo de la junta de socios

El cambio debe aprobarse en junta general, dejando constancia en el acta de la fecha, el nombramiento del nuevo administrador y, si corresponde, el cese del anterior. Este acuerdo es el punto de partida de todo el proceso.

Paso 2: elevación a público ante notario

Con el acta de la junta, se otorga una escritura pública que formaliza el nombramiento. El notario da fe del acuerdo y remite la documentación para su inscripción registral.

Paso 3: inscripción en el Registro Mercantil

La escritura se presenta en el Registro Mercantil de la provincia donde la sociedad tiene su domicilio social. Una vez inscrito el cambio, se puede solicitar el certificado que acredita al nuevo administrador frente a bancos, notarías o cualquier tercero que lo requiera.

Un matiz que conviene tener en cuenta durante la transición

Entre el acuerdo de la junta y la inscripción registral puede pasar un tiempo durante el cual el cambio, aunque ya decidido internamente, todavía no es oponible frente a terceros que consulten el Registro Mercantil. Los asesores del equipo recomiendan no operar frente a bancos u otras entidades como nuevo administrador hasta que la inscripción esté formalizada y se disponga del certificado actualizado, para evitar que un tercero rechace la operación por no coincidir con lo que consta inscrito.

Una vez inscrito el cambio, puedes solicitar el certificado de nombramiento de administrador o consultar el detalle de este servicio antes de solicitarlo.

4. Bloque de FAQ

¿Cuáles son los pasos para cambiar de administrador en una empresa?

Acuerdo en junta de socios, elevación a escritura pública ante notario e inscripción del nombramiento en el Registro Mercantil.

¿Desde cuándo es válido el cambio de administrador frente a terceros?

El cambio es oponible frente a terceros desde su inscripción en el Registro Mercantil, no desde el simple acuerdo interno de la junta de socios.